jueves, 17 de junio de 2010

QUE LA EMPRESA NO VULNERE EL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

Después de ocho años de haber denunciado ante la Inspección de Trabajo la discriminación que las trabajadoras de nuestra empresa sufren por el hecho de ser mujeres, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha sentenciado que CC OO teníamos razón y ha admitido que nuestra denuncia se ajusta a la realidad, condenando a El Corte Inglés por discriminar en la promoción profesional a las compañeras de la empresa.

La sentencia confirma que existen suficientes indicios en los porcentajes que se han presentado de los diferentes centros de trabajo, con relación a hombres y mujeres en las categorías de mandos y técnicos, por un lado, y el grupo de profesionales por otro.

Así pues, si en la plantilla global de la empresa las mujeres son el mayor porcentaje, no tiene ninguna lógica que en las categorías más altas de la estructura de la misma, las mujeres sean un porcentaje irrisorio. Con la aportación de pruebas documentales, así como por los testimonios del juicio, se demostró la existencia de discriminación indirecta en la promoción profesional de las compañeras, y como consecuencia también salarial.

Lo peor de este proceso ha sido el comprobar, justo cuatro días antes del juicio, como los amarillo se “apuntaban” al carro. Pero no para defender a sus propias compañeras, sino para manifestar ante el tribunal que NO estaban de acuerdo con que se demandase a El Corte Inglés.

El tiempo al que hace referencia esta sentencia se circunscribe a los años 2003, 2004 y 2005, que son los que determinó el informe de la Inspección de Trabajo. Justo después se empezó a negociar el Plan de Igualdad, firmado en mayo del 2008.

Si esta sentencia sirviese para avanzar en el Plan de Igualdad, bienvenida fuera, pero mucho nos tememos que la dirección de El Corte Inglés no va a cambiar su rumbo, tal y como nos han demostrado con la firma y aplicación del último convenio.

Vale la pena que todos, y muy especialmente TODAS las compañeras de la empresa, tomásemos nota de para qué están los de fasga y fetico, apoyando a la empresa y negando la existencia de discriminación, firmando convenios como el que nos han “regalado”, no mojándose con la aplicación arbitraria de las ausencias del trabajo por motivo de enfermedad, modificando los horarios, rebajando las comisiones, y un largo etcétera.

Y todo porque disponen de la mayoría en los comités. Esta sentencia también nos da la razón, ahora más que nunca, de que debemos ECHARLOS de los comités en las próximas elecciones sindicales.

Desde CC OO os hacemos un llamamiento a que participéis con nosotros y nosotras para cambiar esa situación y poder exigirle a la dirección de nuestra empresa que respete a todas y cada una de las personas que trabajamos en ella.

Da el paso, no lo dudes, afíliate a Comisiones Obreras

1 comentario:

  1. Enhorabuena por esta sentencia, creo que con ella ganamos todos y todas. Me gustaría que la dirección de la empresa se sintiera lo suficientemente incomoda como para que este resultado provocara un cambio en su actitud, pero ya sabemos que esto no sucederá.
    A pesar de todo, esta sentencia demuestra que las cosas no estan en el lugar donde deberían y deja en bastante mal lugar a FASGA y FETICO.
    Tanto, que tendríamos ser capaces de hacer que desaparecieran de todos los centros comerciales.

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