CRÓNICA DEL ATRACO...
Ayer 26 de abril, dos meses exactos después
del inicio del período de consultas y de nuevo con nocturnidad, la empresa ha
alcanzado, con los votos a favor de Fasga y Fetico, el acuerdo que le permite
obtener el fin que ha perseguido desde el principio: LA TOTAL
DESREGULACION de la jornada de trabajo
de TODA LA PLANTILLA y la OBLIGATORIEDAD GENERALIZADA de la prestación de
trabajo en DOMINGOS Y FESTIVOS, con el agravante en este caso para el colectivo
afectado por la modificación (curiosamente el de mayor antigüedad) que tendrá
que trabajarlos en la total y absoluta GRATUIDAD.
Fasga
y Fetico nos dirán que han peleado hasta el extremo por “mejorar” la propuesta
inicial de la empresa (lo que, además, le servirá a ésta para argumentar la
legitimidad y la legalidad de todo el proceso) pero entonces ¿por qué firmaron
un Convenio que ha abierto total y absolutamente la puerta a la empresa para,
literalmente, hacer lo que quiera con nosotros, como está haciendo? ¿De qué
vale ahora discutir sólo por los matices?
Sin
ninguna duda, nos van a dar todos los puntos del
acuerdo de forma pormenorizada, pero CCOO quiere poner de manifiesto la
gravedad del
alcance de alguno de ellos
- APLICACIÓN INMEDIATA: Tras la última reforma laboral, el plazo de entrada en vigor de las modificaciones de un 41 ha sido reducida a 7 días tras su comunicación, por tanto la empresa contempla que el acuerdo firmado ayer esté EN VIGOR EL 15 DE MAYO y totalmente implantado para finales de mes.
- GUARDAS LEGALES: la empresa se compromete unicamente a respetar su concreción horaria de lunes a sábado, pero el colectivo queda vinculado a la prestación obligatoria de trabajo los domingos y festivos. Por supuesto, todo/a compañero/a que no esté de acuerdo, podrá denunciar porque, como ha señalado CCOO en la mesa de negociación, lo que está protegido es del derecho del menor y ese no es negociable.
- PLANIFICACION TRIMESTRAL: ECI se reserva el derecho a cambiar, de un trimestre a otro, el turno de rotación de la jornada de trabajo, pudiendo este pasar de 1:1 a 1:” y viceversa todas las veces que se considere necesario a lo largo del año.
- TURNO 6665: Se mantendrá UNICAMENTE en los centros donde no exista apertura generalizada: por tanto DESAPARECE en plazas como Madrid o Valencia
- En principio la adscripción a los cambios que cada centro necesite realizar en la plantilla será VOLUNTARIA, pero si en el plazo de una semana no se ha cubierto el 100% de las necesidades, se pasará a la OBLIGATORIEDAD .
- PERSONAL DE DIAS SUELTOS, JORNADA PARCIAL. Este colectivo va a ser uno de los más damnificados: la empresa se compromete sólo a respetar el total de la jornada anual, pero no los días de prestación en la semana (el sábado o el jueves) ni la concreción mensual (reparto de los días de manera uniforme a lo largo del año). Igualmente, según lo contemplado en el acuerdo, la jornada mínima diaria será de 4 horas (para el personal del 100% es de 5,15h) y el domingo de 9. Además, para ellos/as, se plantea aplicar el trabajo en domingos y festivos en los términos contemplado en Convenio, por lo que cabe la posibilidad que no se les aplique límite alguno… Sin olvidar que, en algunos caso, será, además, GRATUITAMENTE.
Este colectivo trabajará en las condiciones
que la empresa decida en cada momento con el único límite de comunicación de la
planificación a realizar trimestralmente
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