CC.OO. ha planteado en la reunión del Comité Intercentros del 11 de septiembre de 2009, su rotunda oposición a la modificación de jornadas y horarios laborales que ha planteado la empresa para los trabajadores y trabajadoras (40.000) de los centros de venta, con el siguiente informe:
PERIODO DE CONSULTAS POR MODIFICACIÓN DE CONDICIONES LABORALES EN MATERIA DE TURNOS Y HORARIOS COMERCIALES EN EL CORTE INGLÉS, S.A.
Posicionamiento de Comisiones Obreras para adjuntar al acta:
El análisis de la documentación entregada y de los argumentos esgrimidos por la Empresa El Corte Inglés, S.A., el 4 de septiembre de 2009 en el Comité Intercentros, para la modificación de los turnos y horarios laborales del personal adscrito a establecimientos comerciales, nos lleva a rechazar la pretensión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de los trabajadores afectados, aplicando el Art. 41.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Entendemos que no concurren las probadas razones económicas y organizativas esgrimidas por la Empresa basándonos en los siguientes argumentos:
Económicas
Centran las causas económicas en la crisis que actualmente atraviesa nuestro país, aportando datos macro económicos de ámbito nacional. El único dato económico aportado de El Corte Inglés de caída de la venta del 7% no se corresponde con el que figura en la memoria de la Empresa referente a la matriz El Corte Inglés, S.A.
Los datos de El Corte Inglés, S.A. son:
Los datos económicos y de consumo nacionales están propiciados por una crisis económica y financiera internacional que no va a ser permanente y que está empezando a tener signos de recuperación. La modificación de turnos y horarios, desregulando la jornada no contribuye a mejorar los datos negativos económicos nacionales.
Los datos económicos de la Empresa El Corte Inglés en el ejercicio 2008/2009 se pueden catalogar de excelentes, destacando el dato de la cifra de negocio que es donde podemos apreciar la alta rentabilidad que ha tenido los recursos humanos de la Empresa.
Organizativas
Los motivos organizativos dados son dos. El primero basado exclusivamente en argumentos de necesidades comerciales, confundiendo la actividad laboral con la actividad comercial. La actividad laboral en los centros de trabajo de actividad comercial se compone de múltiples tareas, entre las que se encuentra, aparte de la atención al cliente, las siguientes:
Al suprimir “momentos de improductividad” refiriéndose a la caída de la actividad comercial, están obviando un porcentaje muy alto de carga de trabajo que en los últimos años ha aumentado por la disminución de la plantilla y el crecimiento de metros cuadrados habilitados para la actividad comercial.
Los datos de plantilla y apertura de centros de la memoria 2008/2009 son:
El solapamiento de plantilla es necesario para poder afrontar la actividad laboral sin que su desarrollo suponga un riesgo para la salud de los trabajadores y facilita el descanso obligatorio de las jornadas laborales.
En el año 1995 se modificaron los turnos de los trabajadores y desde entonces la rentabilidad de la Empresa ha sido óptima, siendo la cifra de negocio anual desde entonces de constante crecimiento, lo que demuestra que la situación actual es productiva.
El segundo motivo organizativo es el cumplimiento del descanso semanal y el descanso entre jornadas. El cumplimiento de las sentencias en materia de descanso semanal no justifica la modificación sustancial de condiciones laborales, siendo su aplicación un debate diferente al planteado, ya que en los actuales horarios hay muchos turnos de trabajo que cumplen sobradamente con lo regulado en la Ley.
Por último recalcar la contradicción en la que entra la modificación sustancial de condiciones de trabajo con la Ley de Igualdad artículo 73 y del Plan de Igualdad sección 8, en materia de responsabilidad social de las empresas en igualdad y conciliación de la vida personal, familiar y laboral, desregularizando la jornada y ampliando los horarios laborales contratados, siendo el porcentaje de plantilla de 67% mujeres y 33% hombres.
Por todo lo anterior, consideramos que la disposición transitoria del nuevo convenio colectivo, no faculta a esa Dirección para emprender la modificación sustancial planteada, la cual al estar ayuna de causa real que la justifique es contraria a derecho, por lo que debe ser revocado el proceso iniciado por la Empresa El Corte Inglés.
Madrid, 11 de septiembre de 2009
Posicionamiento de Comisiones Obreras para adjuntar al acta:
El análisis de la documentación entregada y de los argumentos esgrimidos por la Empresa El Corte Inglés, S.A., el 4 de septiembre de 2009 en el Comité Intercentros, para la modificación de los turnos y horarios laborales del personal adscrito a establecimientos comerciales, nos lleva a rechazar la pretensión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de los trabajadores afectados, aplicando el Art. 41.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Entendemos que no concurren las probadas razones económicas y organizativas esgrimidas por la Empresa basándonos en los siguientes argumentos:
Económicas
Centran las causas económicas en la crisis que actualmente atraviesa nuestro país, aportando datos macro económicos de ámbito nacional. El único dato económico aportado de El Corte Inglés de caída de la venta del 7% no se corresponde con el que figura en la memoria de la Empresa referente a la matriz El Corte Inglés, S.A.
Los datos de El Corte Inglés, S.A. son:
- Beneficios de 377,81 millones de euros (62.862.294.660 pesetas)
- Cifra de negocio de 9.667 millones de euros (1.608.453.462 pesetas)
- Caída de la venta 4,6%
Los datos económicos y de consumo nacionales están propiciados por una crisis económica y financiera internacional que no va a ser permanente y que está empezando a tener signos de recuperación. La modificación de turnos y horarios, desregulando la jornada no contribuye a mejorar los datos negativos económicos nacionales.
Los datos económicos de la Empresa El Corte Inglés en el ejercicio 2008/2009 se pueden catalogar de excelentes, destacando el dato de la cifra de negocio que es donde podemos apreciar la alta rentabilidad que ha tenido los recursos humanos de la Empresa.
Organizativas
Los motivos organizativos dados son dos. El primero basado exclusivamente en argumentos de necesidades comerciales, confundiendo la actividad laboral con la actividad comercial. La actividad laboral en los centros de trabajo de actividad comercial se compone de múltiples tareas, entre las que se encuentra, aparte de la atención al cliente, las siguientes:
- Recepcionar el surtido en los departamentos
- Colocación de los almacenes
- Colocación de los muebles expositores y de los productos de venta
- Devoluciones de mercancía por fin de temporada
- Traspasos entre centros
- Funciones administrativas
- Empaquetado
- Control de excedidos
Al suprimir “momentos de improductividad” refiriéndose a la caída de la actividad comercial, están obviando un porcentaje muy alto de carga de trabajo que en los últimos años ha aumentado por la disminución de la plantilla y el crecimiento de metros cuadrados habilitados para la actividad comercial.
Los datos de plantilla y apertura de centros de la memoria 2008/2009 son:
- Descenso de plantilla, en la matriz El Corte Inglés, S.A., de 61.608 en 2007 a 61.550 en 2008.
- Apertura de un nuevo centro en Albacete y otro en Buena Vista (Oviedo), ampliaciones en Ademuz (Valencia) y en Sevilla y la apertura de 4 centros de Outlets, lo que supone más metros cuadrados de superficie comercial con menor número de trabajadores.
El solapamiento de plantilla es necesario para poder afrontar la actividad laboral sin que su desarrollo suponga un riesgo para la salud de los trabajadores y facilita el descanso obligatorio de las jornadas laborales.
En el año 1995 se modificaron los turnos de los trabajadores y desde entonces la rentabilidad de la Empresa ha sido óptima, siendo la cifra de negocio anual desde entonces de constante crecimiento, lo que demuestra que la situación actual es productiva.
El segundo motivo organizativo es el cumplimiento del descanso semanal y el descanso entre jornadas. El cumplimiento de las sentencias en materia de descanso semanal no justifica la modificación sustancial de condiciones laborales, siendo su aplicación un debate diferente al planteado, ya que en los actuales horarios hay muchos turnos de trabajo que cumplen sobradamente con lo regulado en la Ley.
Por último recalcar la contradicción en la que entra la modificación sustancial de condiciones de trabajo con la Ley de Igualdad artículo 73 y del Plan de Igualdad sección 8, en materia de responsabilidad social de las empresas en igualdad y conciliación de la vida personal, familiar y laboral, desregularizando la jornada y ampliando los horarios laborales contratados, siendo el porcentaje de plantilla de 67% mujeres y 33% hombres.
Por todo lo anterior, consideramos que la disposición transitoria del nuevo convenio colectivo, no faculta a esa Dirección para emprender la modificación sustancial planteada, la cual al estar ayuna de causa real que la justifique es contraria a derecho, por lo que debe ser revocado el proceso iniciado por la Empresa El Corte Inglés.
Madrid, 11 de septiembre de 2009
Lo que tenemos que hacer es no pasar por el aro. Se acabó eso de entrar antes a trabajar para que cuando se abra el centro no haya surtido, ni cajas por los pasillos, etc. y que además no cuente como horas de trabajo efectivas (ni se pagan, ni se devuelven); nada de entrar a las 8 de la mañana a hacer los inventarios porque así nos ahorramos pagaros de 22:15h en adelante; no nos dejemos coartar ni amedrentar por afiliarnos a un sindicato que no sean los "amarillos" de la empresa; y a partir de ahora los "favores personales" (como ir a trabajar festivos qu eno nos corresponden en beneficio de todos) y los "si tu no colaboras, ECI no te dará cuando necesites" (vease: hacer más horas en rebajas, cambios de turnos, o hacer tareas del jefe porque va "hasta arriba de trabajo"), que se los pidan a Isidoro, a la junta de accionistas, a Fasga, a Fetico y a todos sus compañeros!!.
ResponderEliminarla verdad es que es una putada,pero ya no solo el art.41 si no tambien la chapuza de la demanda del descanso semanal que parece que la empresa os haya pagado para denunciar por que lo que se vive en los centros es que nadie quiere el descanso semanal.
ResponderEliminar¿Existe alguna demanda de conflicto colectivo interpuesta por CC.OO. a El Corte Inglés por el descanso semanal y su consiguiente sentencia? ¡NO EXISTE!
ResponderEliminarANTES DE ESCRIBIR CHORRADAS HAY QUE DOCUMENTARSE Y NO CREER LAS MENTIRAS DE LOS AMARILLOS.
llevamos los pantalones bajaos como los chavalies VASTA YA no lo consintais
ResponderEliminartrabajadores de eci, es hora de darles donde más les duele, ellos nos joden la vida, jodámosles en el bolsillo: el dia de cobro el dinerito pa´ casa y la tarjeta del eci, cortada por la mitad. si todos lo hacemos van a perder dinero que es lo unico que les duele. basta de trabajar por comida y trapitos. el descuento es un engaño!!! estamos en crisis, a comprar a pequeñas empresas familiares, que estan tan jodidas como nosotros!!!
ResponderEliminarhola!! yo trabajo en eci, que bien con los nuevos horarios ahora si que podré conciliar la vida familiar, en mi centro solo me dan 2 opciones o turno partido durante 5 dias a la semana y uno de libranza rotativo (que segun fasga no se podia hacer) o 1 semana de mañana y 2 de tarde con 48 dias de 9H (doblando la jornada cuando a ellos les salga de los ......) eso si a cambio dan 16 dias para librar en fin de semana ( q ya lo veremos) pero lo mejor de todo es que en las distintas plantas se hara con otras opciones y tambien va diferente segun los centros. pero que mieeeeeeeeeerda es esta empresa q nos engaña como quiere y solo sirve para llenarse los bolsillos con nuestro sufrimiento!!!!
ResponderEliminar¿Que pasa si no firmas el nuevo contrato?Tengo claro que te corresponden 20 dias/año trabajado.pero ¿tendria derecho al paro?En el art.41 ET pone que se tiene derecho a rescindir el contrato por modificacion sustancial del contrato,luego,¿es esto motivo suficiente para que te den el paro?
ResponderEliminarq pasa q unos trabajadores tienen todos sus derechos "intocables" y a otros nos joden x todas partes?.Si hay q acoquinar lo hacemos todos,xq si la empresa esta pasando la crisis como todas las demas tendremos q apechugar absolutamente todos desde el mas alto al ultimo pringao,no unos si otros se libran.Vaya igualdad de mis narices.Dnd estan entonces nuestros derechos como trabajadores?
ResponderEliminarEsto es un engaño,esta claro,pero juegan con lo que más nos duele,la amenaza.Se ha creado un clima de tensión en el trabajo(yo soy trabajadora del ECI) que se puede cortar con unas tijeras y la realidad es que no podemos hacer nada,porque las trincheras en el Corte Inglés ,a dia de hoy,no existen.
ResponderEliminarMe gustaría saber quien va a ir a la cena de Navidad de este año,quitando a las mujeres de los jefes,que tienen obligación moral de ir,veremos que cantidad de esquiroles tenemos trabajando codo con codo.
Sinceramente no veo salida a esta situación,nos amenazan continuamente y ahora tu enemigo es tu compañero de trabajo,porque esto parece Cuba,todos se vigilan unos a otros.