martes, 25 de octubre de 2016
martes, 13 de septiembre de 2016
POR
UN FUTURO MEJOR EN
EL CORTE INGLÉS
El último domingo de agosto, como todos los años, la Junta de
Accionistas de El Corte Inglés S.A. anunció, según consta en el Informe de
Gestión de las Cuentas Anuales, una evolución positiva en todas sus magnitudes,
y como no podía ser de otra forma, CCOO se congratula por ello.
Ahora bien, la contabilidad es una ciencia que mide muchos
parámetros, y cuando se presentan ante la sociedad siempre se resaltan los
aspectos que más interesan.
Aparte del incremento tanto en el beneficio consolidado como en la
cifra de negocio, CCOO quiere incidir en algunos aspectos que nos han llamado
la atención:
•
Los Grandes Almacenes, tienen un beneficio
consolidado menor en el ejercicio 2015 (170,03 millones de euros), con respecto
al ejercicio anterior (186,29 millones de euros). Este resultado puede parecer
pobre pero, acompañado de una reducción de la deuda absoluta del Grupo en un
40%, es un éxito sin precedentes.
•
El aumento en el personal del grupo ECI
(494 trabajadores) es bastante exiguo, teniendo en cuenta que en este ejercicio
se han abierto 5 grandes almacenes más y, además, este dato es muy engañoso puesto que no se han
contabilizado los 1348 trabajadores que se acaban de desvincular.
•
En un año se ha disminuido un 2% el
personal con contrato fijo en las empresas del grupo El Corte Inglés S.A.
•
Una cuarta parte del peso del trabajo en
nuestro grupo empresarial recae en el personal con más de 20 años de
antigüedad.
Conclusión, mayor
precariedad en Grandes Almacenes gracias a todos aquellos que se jactan de
firmar convenios sin subidas salariales, el no pago por trabajar en
domingos y festivos, deducción de los tres primeros días por IT, además de
algún que otro art. 41 que establecen jornadas de hasta diez horas en torno al
puesto de trabajo y el cobro de las comisiones por venta a partir de un mínimo
exento.
Según el presidente de nuestra compañía, “Es el momento del recuerdo a los miles de profesionales que a lo largo
de este tiempo, con su esfuerzo, su dedicación y su iniciativa, han hecho
posible crear un grupo empresarial como el que tenemos hoy”.
Esperamos que cuando vayan a negociar el próximo Convenio se
acuerde de estas palabras, y que esta evolución
positiva en el Grupo, repercuta, de una vez por todas, en las trabajadoras
y trabajadores que han hecho posible que ECI sea el mayor grupo empresarial
español. CCOO se lo recordará en la mesa de negociación del próximo Convenio
Colectivo.
CCOO, POR UN FUTURO MEJOR PARA EL PERSONAL DE
EL CORTE INGLÉS
viernes, 5 de agosto de 2016
Convenio Colectivo 2017
Etiquetas:
Colectivo,
Convenio,
Negociación
Convenio Colectivo 2017
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Convenio,
Negociación
lunes, 9 de mayo de 2016
ACUERDO
DE DESVINCULACIÓN VOLUNTARIA
Este martes 3 de mayo se ha
celebrado la 3ª reunión de la comisión
de seguimiento del plan de desvinculación voluntaria. La Empresa nos ha informado de
que el total de compañeros y compañeras que van a poder acceder a ella son
1340.
La
comunicación a la plantilla sobre la
aceptación o no de su solicitud, se hará entre
los días 5 y 10 de Mayo.
Las
primeras desvinculaciones empezarán a producirse el día 15 de este mes.
CCOO ha
conseguido dejar patente la preocupación por los compañeros y compañeras de 58 años que no se desvinculen ahora y que
quedan fuera del acuerdo de jubilación parcial. Para hacer frente a esta circunstancia,
se ha acordado la ampliación de la vigencia del acuerdo hasta el 30 de
Abril de 2017 para que se pueda acometer su salida en esa fecha.
Aunque
la empresa no puede garantizar al 100% de los solicitantes su desvinculación,
deja claro que es su intención hacer todos los esfuerzos posibles para
ello, por lo que ya está en estudio para el presupuesto del próximo año y
de ahí la necesidad de la ampliación del plazo del acuerdo y nuestra posición
favorable.
Cualquier duda o aclaración
que necesites, no dudes en ponerte en contacto con los delegados de CCOO.
CCOO COMPROMETIDA CON LOS TRABAJADORES
miércoles, 9 de marzo de 2016
Acuerdo de Desvinculación Voluntaria
CCOO INFORMA:
ACUERDO DE DESVINCULACIÓN VOLUNTARIA
Tras un intenso periodo
de negociación, en el que las aportaciones de CCOO han
sido necesarias y determinantes, realizando propuestas que han sido
recogidas favorablemente por la empresa (como aumento de las cantidades a
percibir por el/la trabajador/a o aspectos técnicos que aclaran y delimitan el
proceso de desvinculación en la formalización del documento) os informamos que,
aproximadamente a partir del 15 de marzo, ECI va a poner en marcha un PLAN DE DESVINCULACIONES
VOLUNTARIAS para la plantilla de la empresa (tanto de ECI como de Hipercor) con
más EDAD.
Creemos que es un
acuerdo equilibrado y muy favorable para las personas que al mismo se acojan, y
NUESTRA INTERVENCIÓN, a diferencia de otros acuerdos en los que no hemos estado
presentes, le ha otorgado más calidad y
fiabilidad. Esa es la mayor y mejor prueba de nuestra PARTICIPACIÓN.
¿En qué consiste
este plan?:
· Se trata de una DESVINCULACIÓN VOLUNTARIA, extinción de mutuo acuerdo, siempre que
se cumplan los siguientes requisitos:
-
Tener
35 años mínimos de cotización efectiva a la seguridad social.
-
Tener
15 años de antigüedad en la empresa
-
Haber
nacido en los años 1956, 1957 o 1958
-
Contar
con una jornada a tiempo parcial y haber nacido en los años 1954 o 1955.
· Las condiciones económicas que se
ofrecen son:
-
70%
del salario neto (incluidas las comisiones) según datos del 2015
-
Coste
íntegro del convenio especial a la seguridad social para mantener las
cotizaciones a la seguridad social.
· Estas condiciones se mantendrán hasta
que la persona adscrita al Plan cumpla 63 años, y será instrumentalizada por
una póliza de seguros, que se hará cargo de los pagos mensuales de dichos importes
hasta alcanzar dicha edad.
· Se incentivará la adscripción al
acuerdo con una prima adicional de SEIS MENSUALIDADES del salario neto 2015 que
se harán efectivas en el pago del primer mes.
· Se mantendrá la tarjeta de compra con
el régimen de personal y el seguro de vida colectivo.
· Si bien el colectivo susceptible de
poder adherirse está en torno a 3.700 personas, la empresa tiene previsto poder
cubrir en torno a un total de 1200 solicitudes. Por ello, a propuesta de CCOO,
el acuerdo contempla una Comisión de Seguimiento para velar por la adecuación
de los criterios de selección aplicados.
Si tienes cualquier
duda o necesitas asesoramiento antes, durante y/o el proceso, no dudes en
contactar con tus Delegados/as de CCOO.
CON LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES POR NUESTROS DERECHOS
martes, 23 de febrero de 2016
Balance / Inventario Febrero 2016
Se acerca otra noche de vigilia en El Corte Inglés, otra noche de agotador e interminable balance. Desde CCOO te recordamos que, a pesar de las presiones, intimidaciones o insinuaciones por parte de la jefatura, tienes que saber que:
- -Las trabajadoras en situación de embarazo, estarán exentas de realizar una jornada superior a la normal contratada.
- Los trabajadores/as afectados por reducción de jornada por guarda legal, estarán exentos de modificar el horario de prestación de trabajo preestablecido.
- Los trabajadores/as con contrato a tiempo parcial, no pueden realizar horas extraordinarias, ni tienen que hacer un horario diferente al que esté reflejado en su calendario trimestral.
En cualquier caso, deberá respetarse el descanso mínimo legal entre jornadas, que será de 12 horas.
La compensación de las horas extraordinarias deberá hacerse en retribución económica o descanso equivalente a opción del trabajador. A partir de las 22 horas la compensación de estas horas tendrán un incremento del 20% del salario base hora.
NO PAGUES LA MALA PLANIFICACIÓN DE LA EMPRESA:
DEFIENDE TÚ DERECHO AL DESCANSO
jueves, 18 de febrero de 2016
Sentencia sobre jubilación parcial
ACCESO A LA JUBILACIÓN PARCIAL
El 25 de marzo de 2013, CCOO suscribió un acuerdo con El Corte Inglés, en virtud del cual los trabajadores que cumplen la edad reglamentaria antes del 1 de enero de 2019, podrán acceder a la jubilación parcial si reúnen los requisitos exigidos por la legislación vigente.
La Sala de lo Social nº 2 del Juzgado de Valladolid ha emitido sentencia estimatoria a favor de una trabajadora de El Corte Inglés que reclamaba su derecho a acceder a la jubilación parcial. El INSS primero aceptó su solicitud y posteriormente la rechazó con el argumento de que sólo llevaba tres meses con contrato a tiempo completo.
La Ley General de la Seguridad Social respecto a la Jubilación Parcial exige tener 33 años cotizados, 6 años de antigüedad en la empresa, y contrato a tiempo completo en el momento de la solicitud.
La sentencia dictamina que la trabajadora reúne todos los requisitos exigidos por la Ley referida, no siendo uno de ellos que el solicitante tenga que tener un contrato a tiempo completo en los 6 años anteriores a la solicitud.
Esta sentencia coincide con los argumentos defendidos por CCOO. La trabajadora había alternado a lo largo de toda su carrera laboral los contratos a jornada completa y jornada parcial. Esta alternancia se da sobre todo en las mujeres porque han ido modificando su jornada en función de las responsabilidades familiares que hayan tenido.
CCOO ha denunciado en varios foros, incluso en el Congreso de los Diputados, la discriminación que el INSS hace del acceso a la jubilación parcial a los y las trabajadoras que no tienen contrato a tiempo completo. Se da la circunstancia que mayoritariamente son mujeres las que padecen esta situación en nuestra empresa.
Esta sentencia es un paso importante para alcanzar nuestro objetivo de NO DISCRIMINACIÓN A LOS TRABAJADORES A TIEMPO NO COMPLETO PARA EL ACCESO A LAS DIFERENTES MODALIDADES DE JUBILACIÓN
CCOO SIEMPRE CON LOS Y LAS TRABAJADORAS
miércoles, 13 de mayo de 2015
TRABAJAMOS DIA A DIA POR LA IGUALDAD REAL DE HOMBRES Y MUJERES Y LO DEMOSTRAMOS
El pasado martes se ha firmado el II Plan de Igualdad en nuestra empresa. Gracias a las aportaciones realizadas por CCOO a lo largo del proceso de negociación se han logrado avances muy significativos en materias trascendentales y que deberán alcanzarse en los próximos 5 años.
Entre otros:
1. CONCILIACIÓN/CORRESPONSABILIDAD.
• ADAPTAR Y MEJORAR LAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN de la vida personal, familiar y laboral
• Permiso no retribuido, con derecho a reserva de puesto de trabajo de dos meses, para las personas en trámites de adopción y acogimiento.
• Posibilidad de acumulación de los 31 días de vacaciones o de cambio de turno de las mismas en caso de tener a cargo familiares de 1º grado en situaciones de dependencia y/o menores con discapacidad superior al 65%
• Dar preferencia a la movilidad geográfica cuando implique cambio de domicilio por cuidado de menores de 12 años de edad, familiares de 1º grado a cargo directo dependientes por razones de edad o discapacidad superior al 65%
• Licencia retribuida de hasta 2 días al año para progenitores o tutores de menores de 12 años con enfermedades graves o crónicas (RD 114/2011) o familiares de 1º grado con discapacidad superior al 65% para consulta médica a más de 200kms desde el domicilio.
2. PROMOCION.
• En igualdad de condiciones de idoneidad y competencia tendrán preferencia las mujeres en ASCENSO A PUESTOS Y EN ACCESO DIRECTO a funciones y áreas en los que estén menos representadas.
• Primará la promoción interna frente a la contratación externa
• La Eª velará en todo momento por el equilibrio en la contratación de hombres y mujeres.
• Y lo más importante: AL FINAL DE LA VIGENCIA, ENTORNO AL 50% DE LAS PROMOCIONES A PUESTOS DE RESPONSABILIDAD (Coordinadores y Mandos) HABRÁN TENIDO QUE SER MUJERES.
3. RETRIBUCIÓN.
• Garantizar la objetividad y transparencia en todos los criterios que se definen en la estructura salarial de la empresa y la clasificación de puestos.
• La estructura salarial estará libre de cualquier discriminación por rasgo de género.
4. TRABAJADORAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.
• No computarán como absentismo las ausencias motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género, tanto de la víctima como de HIJOS MENORES. Las ausencias motivadas por la condición de victima de violencia de género disminuirán la venta exenta
• Se considerarán faltas justificadas las que se deriven de la realización de trámites motivados por la situación de violencia de género.
• Se incluirá un protocolo de actuación sobre este tema en el Plan de Igualdad
Esta es la oferta sindical de CCOO. Podéis imaginar cómo cambiarían nuestras condiciones si tuviéramos la mayoría en la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo
Entre otros:
1. CONCILIACIÓN/CORRESPONSABILIDAD.
• ADAPTAR Y MEJORAR LAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN de la vida personal, familiar y laboral
• Permiso no retribuido, con derecho a reserva de puesto de trabajo de dos meses, para las personas en trámites de adopción y acogimiento.
• Posibilidad de acumulación de los 31 días de vacaciones o de cambio de turno de las mismas en caso de tener a cargo familiares de 1º grado en situaciones de dependencia y/o menores con discapacidad superior al 65%
• Dar preferencia a la movilidad geográfica cuando implique cambio de domicilio por cuidado de menores de 12 años de edad, familiares de 1º grado a cargo directo dependientes por razones de edad o discapacidad superior al 65%
• Licencia retribuida de hasta 2 días al año para progenitores o tutores de menores de 12 años con enfermedades graves o crónicas (RD 114/2011) o familiares de 1º grado con discapacidad superior al 65% para consulta médica a más de 200kms desde el domicilio.
2. PROMOCION.
• En igualdad de condiciones de idoneidad y competencia tendrán preferencia las mujeres en ASCENSO A PUESTOS Y EN ACCESO DIRECTO a funciones y áreas en los que estén menos representadas.
• Primará la promoción interna frente a la contratación externa
• La Eª velará en todo momento por el equilibrio en la contratación de hombres y mujeres.
• Y lo más importante: AL FINAL DE LA VIGENCIA, ENTORNO AL 50% DE LAS PROMOCIONES A PUESTOS DE RESPONSABILIDAD (Coordinadores y Mandos) HABRÁN TENIDO QUE SER MUJERES.
3. RETRIBUCIÓN.
• Garantizar la objetividad y transparencia en todos los criterios que se definen en la estructura salarial de la empresa y la clasificación de puestos.
• La estructura salarial estará libre de cualquier discriminación por rasgo de género.
4. TRABAJADORAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.
• No computarán como absentismo las ausencias motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género, tanto de la víctima como de HIJOS MENORES. Las ausencias motivadas por la condición de victima de violencia de género disminuirán la venta exenta
• Se considerarán faltas justificadas las que se deriven de la realización de trámites motivados por la situación de violencia de género.
• Se incluirá un protocolo de actuación sobre este tema en el Plan de Igualdad
Esta es la oferta sindical de CCOO. Podéis imaginar cómo cambiarían nuestras condiciones si tuviéramos la mayoría en la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo
CCOO CON LAS TRABAJADORAS
Y LOS TRABAJADORES
lunes, 20 de abril de 2015
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