lunes, 31 de agosto de 2009

LOS NÚMEROS DE EL CORTE INGLÉS


Con gran expectación, como casi siempre, hemos recibido los datos extraoficiales de la memoria del año 2008 de El Corte Inglés en los que debería reflejarse la tan cacareada crisis, que algunos profetizaban de alarmante, por lo que debía de firmarse un convenio acorde a la situación, poco menos que caótica, en la que nos encontrábamos, pero una vez desmenuzados los resultados de esta memoria los números nos dicen lo contrario.

Los datos más significativos los vamos a desglosar de la siguiente manera:

Cifra de ventas: La cifra de ventas alcanzada por el grupo de empresas de ECI ha sido de 17.362,53 millones de euros, lo que supone una reducción de un 3,5% con respecto al ejercicio anterior pero que es el segundo mejor volumen de negocio de toda su historia.

Record en inversiones: El Corte Inglés reforzó su estrategia de crecimiento, realizando las mayores inversiones de su historia, ya que destinó la nada despreciable cantidad de 1.827 millones de euros un 8,4% más que en 2007. La mayor parte se ha destinado a la apertura de establecimientos de todas sus cadenas: 2 grandes almacenes (Albacete y Oviedo), las renovaciones de otros centros como los de Valencia-Ademuz y el de Sevilla, 4 tiendas outlets, 25 delegaciones de Viajes El Corte Inglés, 13 Supercor, 14 Opencor, 23 tiendas Telecor, 17 de Sfera y 2 de Óptica 2000.

Previsión de inversiones para el ejercicio 2009: Está previsto para este ejercicio la apertura de los centros de Salamanca (septiembre), Murcia y Eibar. Así mismo continuarán las obras de otros centros en Tarragona, El Ejido y Córdoba, al igual que se han iniciado los trabajos de construcción del nuevo edificio de Castellana (Madrid) ubicados en los terrenos que dejó el incendiado edificio Windsor. Además de una torre de oficinas cuya finalización supondrá la ampliación del centro comercial actual anexo al edificio.

Retribución del Consejo de Administración: Los miembros del órgano de administración recibieron, en concepto de sueldo, un total de 2,9 millones de euros, lo que supone un incremento del 9,5%, cuando el año anterior esta retribución fue de 2,6 millones.

Beneficios: En este punto cabe resaltar que la cuenta de resultados da un beneficio consolidado de 382 millones de euros lo que arrojaría un -46% con relación al beneficio del año 2007, debiendo de tener en cuenta la gran inversión realizada durante el ejercicio 2008, que como hemos mencionado anteriormente se ha llegado a la cifra record de 1.827 millones de euros.

Consolidación mundial: En una situación de caída generalizada del consumo, cabe destacar que los resultados económicos obtenido por el grupo de empresas de El Corte Inglés han permitido situarse a éste en el segundo puesto del ranking mundial de grandes almacenes por ventas, desbancando a la estadounidense Macy´s y solamente superada por la gigantesca Sears que mantiene su hegemonía mundial con una facturación de 3.179 millones.

Plantilla: Con respecto a las plantillas, aquí nos encontramos con el dato más preocupante de todos, ya que prácticamente no ha sufrido ninguna variación. En 2008 la plantilla media a jornada completa estuvo compuesta por 97.389 trabajadores/as, cuando en el año 2007 era de 97.328, solamente 61 trabajadores más, cuando ha habido la apertura de varios centros comerciales a lo largo del ejercicio, lo que supone en términos reales la disminución de muchos puestos de trabajo en los centros ya existentes.

En este punto también cabe resaltar que el 63% de la plantilla está integrada por mujeres, siendo significativo que en los puestos de responsabilidad siguen predominando los hombres ya que de sus 309 directores y gerentes sólo “9” son mujeres, resultado de la política sexista y discriminatoria que emplea ECI desde que se fundó hasta nuestros días.

Divisiones comerciales del grupo de empresas:
• Grandes Almacenes: Es el eje del negocio del grupo y ha sufrido los efectos de la crisis de forma moderada. Esta división redujo un 4,6% su volumen de negocio, pero sigue aportando el 55% de los ingresos del grupo.
• Hipercor: Posiblemente sea el segmento comercial que más está sufriendo la contracción del consumo, lo que ha llevado a esta división comercial a una caída de sus ingresos del 7,7%, situándose en 3.088 de euros. Además se apunta el cierre de algunos hipermercados – para incorporarles el formato El Corte Inglés – como efecto negativo en este resultado.
• Agencias de viajes: han elevado su volumen de ventas un 2,8%, por encima de los 2.306 millones de euros, aumentando el beneficio en un 10%.
• Sfera: La cadena de moda joven mantiene al alza sus ventas, pero no así su resultado, ya que ha elevado sus pérdidas hasta los 27,19 millones de euros.
• Bricor: Se ha elevado la facturación un 39%, sin embargo el resultado sigue en números rojos ya que perdió 6,06 millones.
• Opencor: La filial de tiendas de conveniencia es una de las divisiones que mas ha padecido la reducción de márgenes y aunque el volumen de ingresos de la firma repuntó un 1,8%, situándose en 407 millones, las pérdidas superaron los 14 millones de euros.
• Supercor: Como en las anteriores divisiones también experimenta un aumento en la facturación, lo que no impide que las pérdidas se eleven hasta los 17,4 millones.
• Óptica 2000: Se reduce tanto los ingresos (un 2,5%), como los beneficios (un 2,9%).

El análisis que debemos hacer ante estos datos, es que incluso en una época de gran deterioro del consumo en los hogares, a parte de otros factores como el aumento considerable del desempleo y los comportamientos actuales de la banca dificultando el acceso a los prestamos, algo a lo que hasta hace un año era muy factible, El Corte Inglés ha conseguido unos resultados realmente importantes destacando sobre todo los 382 millones de euros en beneficios consolidados y el descenso en términos relativos del número de personal que presta sus servicios en ECI, que por cierto a partir del año 2010 va a contribuir muy activamente en la recuperación del porcentaje de los beneficios, a costa de la escasa subida salarial y la disminución en la prestación por incapacidad transitoria que se va a aplicar a raíz de la firma del nuevo convenio colectivo.

jueves, 27 de agosto de 2009

CONVENIO ANGED 2009-2012: VAMPIRISMO LABORAL


Tras la inevitable bronca sindical que se produce cuando se alcanzan acuerdos no unánimes, como es el caso de este convenio hay intereses, pues es una bronca que algunos persiguen denodadamente por si los trabajadores se quedan con ese humo y no se acercan demasiado al fuego, que es donde se cuecen los alimentos. Decíamos, más allá de ese “¡Y tú el doble!”, está la realidad y a ésta no se la puede cambiar.


Pues bien CCOO, asumimos nuestro compromiso de desmenuzar todo lo que ha sido modificado en nuestro convenio, y decimos todo, por lo tanto nos llevará algo de tiempo, pues tampoco es nuestra intención precipitarnos ni abrumar con una avalancha de información difícil de digerir.


Por ello, hoy hablaremos de los salarios, de la maravillosa subida salarial que nos han firmado estos aprendices de pirata.


Para el presente año la tan cacareada subida del 2% (en bruto y en jornadas del 100%) es solamente sobre el Salario Base de Grupo, no siendo afectados por esta subida salarial ningún otro complemento o concepto de nuestra nómina, que en la mayoría de los casos es lo que dignifica algo nuestro sueldo, sufriendo éste y para el Grupo de Profesionales un aumento del salario mensual en bruto de 16’88€, ¡Y tienen el morro de hablar de reactivar el consumo!


Con respecto a los demás años lo único que se garantiza es el 1% para el año 2010 (siempre hablamos del Salario Base de Grupo), mientras que para dicho año y sucesivos aplican la siguiente fórmula: IPC real del año anterior más IPC previsto del año en cuestión partido por dos; pero además, en función del resultado de las ventas del sector se nos aplicarían determinados porcentajes reductores. Lo explicamos con un ejemplo:


Siendo optimistas, supongamos que el IPC real de 2009 sea de un 1% y el previsto para 2010 continúe siendo del 2%: 1+2= 3/2 = 1’5%, ese sería el aumento salarial para 2010, es decir 12’91€ de aumento bruto con respecto al salario de 2009 para el Grupo de Profesionales. Eso si las ventas de 2009 no son inferiores en un 5% a las de 2008, cosa no tan improbable tal y como va la cosa, en cuyo caso nuestro salario en bruto aumentaría en 11’66€ mensuales. De ser otro el escenario, si con dicha fórmula palmáramos pasta, se nos garantiza (pero sólo para 2010) un aumento del 1%, lo que supone el vertiginoso aumento salarial bruto mensual de 8’60€.


Como entendemos que la cobertura por enfermedad son salarios diferidos la tratamos aquí: En el apartado de IT y a pesar de que actualmente el absentismo se ha reducido en el sector, los firmantes de este convenio recortan considerablemente el derecho de los trabajadores: si a partir de enero de 2010 te pones enfermo o tienes cualquier accidente que no sea laboral y por el que no te hospitalicen, los tres primeros días de baja no los cobras, si al finalizar el año no has tenido otra baja te reintegrarán el Salario Base de Grupo de esos tres días, pero si has tenido otra te churrascan el salario de las dos. Aquí vuelven a mentir Fetico y Fasga en sus informaciones ya que ambos dicen que a partir de la 2ª baja no se cobran los 3 primeros días y, como ha quedado claro, no es así.


De tal modo que como cojas dos gripes ese año o una gripe y un esguince, te esquilmarán más de 300€ por las dos bajas y tu aumento salarial anual en 2009 habrá sido de 269’99€. ¡Qué lo sepas!



Cuando tengais un ejemplar del Convenio os recomendamos encarecidamente la lectura de las dos últimas páginas (Pacto sectorial por el empleo y el mantenimiento de la demanda...) en el que los firmantes de esta tropelía se jactan de que nos dan para este año el 2% porque lo recuperan con la rapiña perpetrada en las bajas por enefermedad

miércoles, 26 de agosto de 2009

LA DESREGULARIZACIÓN DE LA JORNADA ESCLAVIZA A LOS TRABAJADORES


El sistema general actual en vigor, para las jornadas completas con turnos de 6 días de trabajo a la semana con 6 horas y 40 minutos cada uno, realizado de forma rotativa en semanas de mañana y tarde, representa aproximadamente un total de 273 días laborables al año. La introducción de un día libre cada dos semanas lo fijaría en torno a 250 días, que aplicando la actual jornada anual de 1770 horas supondría una jornada diaria de 7 horas y 5 minutos.


El descanso semanal y diario entre jornada y jornada es un derecho que tenemos los trabajadores. La ausencia de derechos laborales es la esclavitud. La ANGED con sus “asociaciones patronales” ( Fasga y Fetico), han firmado un nuevo convenio con vigencia hasta diciembre de 2012. El objetivo era conseguir convertir a los trabajadores del sector en seudo esclavos.


Empleamos el término seudo por el sentido figurado que emplean para acometer uno de los mayores atropellos que podían hacernos, DESREGULARIZARNOS LA JORNADA. Es decir, se figuran que el estado cataléptico en el que se encuentran aquellos trabajadores que con su apoyo en las urnas a Fasga y Fetico, están consintiendo el incremento anual en beneficios y patrimonio de las empresas de uno de los sectores más fuertes del panorama económico, a costa de los salarios y condiciones laborales de sus trabajadores, va a ser ETERNO.


El descanso semanal tiene una aplicación obvia en los cuadros horarios de las empresas: APLICARLO MEJORANDO LAS CONDICIONES LABORALES:


  • Reduciendo el cómputo anual a 1700 horas. Lo que supondría aproximadamente un incremento de diez minutos en la jornada diaria de los trabajadores afectados con contratos del 100%.
  • Proponiendo medidas incentivadas para que voluntariamente los trabajadores accedan a ellas (reducciones de jornada, bolsas de horas reguladas y pactadas individualmente con cada trabajador). Siendo prioritario la conciliación de la vida laboral y familiar, promoviendo horarios atractivos para este fin.


Estas medidas sí que promoverían empleo. Por el contrario nos han firmado:


  • Ni una sola hora de reducción en el computo anual de 1770 horas, continuando con una de las jornadas laborales más amplia en España (para que no escueza tanto, no hablamos de Europa).
  • Posibilidad de modificar los horarios diarios.
  • Posibilidad de aplicar modificación de condiciones laborales para desregularizar la jornada y unilateralmente adaptarlos a los periodos de máxima productividad.


Todo ello para conseguir estirar al personal y evitar contrataciones teniendo trabajadores a la carta. La redacción del convenio no tiene desperdicio y muchos son los aspectos que seguro lidiaremos sindical y judicialmente.


La campaña de mentiras para justificar esta agresión, aparte de hacernos responsables, les lleva a repartir hojas informativas vendiendo a bombo y platillo que han conseguido evitar, convertir jornadas continuadas en partidas y que modifiquen los horarios de las concreciones horarias por guarda legal. Se les olvida que los trabajadores cuando les votan nos convierten en seudo esclavos pero de momento no pueden convertirnos en esclavos y estos son derechos que ni ellos pueden arrebatarnos.


Solo los trabajadores podemos evitar este camino que nos lleva a la Edad Media.


Comisiones Obreras seguirá defendiendo vuestros derechos.

viernes, 21 de agosto de 2009

AUMENTO DE BENEFICIOS A COSTA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES/AS


La incapacidad temporal es la situación en la que se encuentra el trabajador que está temporalmente incapacitado para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Los trabajadores que se hallan en esta situación tendrán derecho a percibir un subsidio económico, cuya finalidad es paliar la ausencia de salarios derivada de la imposibilidad de trabajar.

Pues bien, hasta la firma del nuevo Convenio firmado el 5 de Agosto, los trabajadores del sector de Grandes Almacenes teníamos reconocido el derecho a percibir el 100% del Salario Base de Grupo, que ahora nos quitan de un plumazo la ANGED y sus “asociaciones patronales Fasga y Fetico”.

A partir del 1 de Enero de 2010, los trabajadores/as no percibirán retribución ni complemento alguno durante los tres primeros días desde el primer proceso de incapacidad laboral, con la salvedad de que si en el transcurso del año “solo” se tiene una baja, al final del año El Corte Inglés abonará únicamente el 100% del salario base de grupo de esos tres días que previamente te han quitado, quedándose la parte correspondiente a todos los complementos sustraídos en esos días.

Con la nueva redacción del Convenio los trabajadores/as que estén de baja por enfermedad común o accidente no laboral perderán como mínimo las siguientes cantidades en cada baja de tres o más días que tengan a lo largo del año, sin tener en cuenta lo que nos descontarán de los complementos personales que cada trabajador/a tenga en su nómina:

GRUPO DE INICIO 111,40 euros
GRUPO DE PROFESIONALES 114,74 euros
COORDINADORES 125,07 euros

Como se puede comprobar el robo al que nos van a someter a cada trabajador/a va a ser de Juzgado de Guardia y quizá, a partir de ahora, veamos a muchos compañeros/as trabajando con el brazo escayolado, con muletas, e incluso con la botella de suero inyectado en la vena, con tal de que no les descuenten estas cantidades de las ya lastimosas nóminas que tenemos en El Corte Inglés.

Mientras tanto, El Corte Inglés aprovecha para aumentar sus cuentas de resultados a costa de sus trabajadores/as para recuperar unos beneficios que, bien por la crisis que el mundo financiero y empresarial ha provocado, bien por la ineptitud de los dirigentes de esta empresa, bien por los altos sueldos de estos, bien por las malas inversiones realizadas, posiblemente se verán reducidos.


¡Y todo esto con una pandemia en puertas para este Otoño!

miércoles, 19 de agosto de 2009

JUBILACIONES PARCIALES: clientelismo sindical y malas artes de la Dirección de El Corte Inglés


Los trabajadores con contratos parciales que han solicitado acceder a la jubilación parcial en los términos recogidos en el artículo 50 del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes vigente hasta diciembre de 2008 y en la ley 40/2007 de la Seguridad Social, antes del 5 de agosto, fecha en la que la patronal y sus sindicatos amarillos Fasga y Fetico, firmaron el nefasto nuevo Convenio, han visto como la Dirección de la Empresa está dificultando su jubilación.


Varios trabajadores se han dirigido a nosotros indignados por las pretensiones que en las Direcciones de Personal de sus Centros de Trabajo han empleado con ellos, intentado convertir sus jubilaciones parciales en jubilaciones anticipadas.


Tanto la jubilación parcial como la anticipada son un derecho que tienen los trabajadores y que pueden ejercer si cumplen los requisitos estipulados para acceder a ellas. La diferencia sustancial entre una y otra para los intereses de los trabajadores es que con la parcial se jubilan con el 100% de la pensión de jubilación y, con la anticipada tienen una penalización por cada año que la adelantan.


La nueva Ley 40 de la Seguridad Social exige como requisito tener un contrato a tiempo completo para acceder a la jubilación parcial, excluyendo de esta norma hasta diciembre de 2009 a aquellos trabajadores que en sus Convenios Colectivos quedara regulado su acceso.


Comisiones Obreras entiende que la Empresa está perjudicando los intereses de los afectados, dificultando su JUBILACIÓN PARCIAL, sin justificación alguna.


Todos aquellos trabajadores que hayan sido abordados por delegados de Fasga y Fetico, declarándose sus mediadores para conseguir tramitar su jubilación parcial, están siendo mal informados. La jubilación parcial está regulada por Ley y todo trabajador que cumpla los requisitos puede acceder a ella. Hasta el 5 de agosto de este año, las condiciones pactadas en el Convenio pasado son vigentes en su contenido normativo. Si la Dirección de El Corte Inglés no lo entiende así o, la Seguridad Social lo interpreta de forma diferente, deben de decirlo claramente para que aquellos trabajadores que quieran reclamar puedan hacerlo cuanto antes.


Comisiones Obreras, como siempre dará asesoramiento y cobertura jurídica a todos los trabajadores que lo reclamen.

miércoles, 12 de agosto de 2009

Las grandes superficies dan un paso atrás en su convenio


Por: B.CARREÑO Diario PUBLICO
07/08/2009 08:00
Las grandes superficies cerraron el miércoles por la noche un nuevo convenio colectivo ya que el anterior estaba caducado desde 2008. La patronal del sector, Anged, que incluye cadenas como El Corte Inglés, Ikea o Carrefour, entre otras, aceleró inesperadamente las negociaciones del acuerdo a principios de agosto y logró un pacto plurianual hasta 2012 con los dos sindicatos mayoritarios del sector: Fagsa y Fetico.
Ambos sindicatos sólo tienen representación en las grandes superficies y para CCOO y UGT son "sindicatos amarillos". Es decir, centrales controladas y promocionadas por las propias empresas.
CCOO y UGT dicen que los sindicatos firmantes son parte de la patronal
Tanto CCOO como UGT, que representan a un 30% de los casi 300.000 trabajadores del sector, han rechazado firmar el nuevo convenio por que consideran que es "un paso atrás" en los derechos laborales.
La principal piedra de toque ha sido la nueva modalidad de baja por enfermedad común: A partir de la segunda baja la empresa no abonará al empleado los tres primeros días de falta del puesto de trabajo. A partir del cuarto, la Ley obliga a la empresa a pagar el salario y después del día 17 se hace cargo la Seguridad Social.
El secretario general de la Federación de Comercio de CCOO, Javier González, resaltó la gravedad de esta modificación cuando se advierte de la llegada de la Nueva Gripe.
El convenio afecta a 300.000 empleados de empresas como Carrefour o Eroski
"En un sector en el que se trabaja cara al público esto es una barbaridad", recuerda González. Los representantes de Fetico declinaron hacer declaraciones pero en la página web de Fasga (sindicato mayoritario en El Corte Inglés) se advertía del éxito de la negociación en este punto ya que la intención inicial de la patronal era no abonar el arranque de la enfermedad ya desde la primera baja.
El nuevo convenio coincide con la petición de fortalecer el control del absentismo por parte de la cúpula de la patronal, CEOE. Para los sindicatos, Anged supone el "núcleo duro" de CEOE por lo que creen la "precipitada" resolución de la negociación, que llevaba sin reunirse desde abril, encierra un mensaje de las grandes empresas a la opinión pública.
Tras la ruptura del Diálogo Social, a finales de julio, los sindicatos emplazaron a los empresarios a dar una señal de su buena voluntad desatascando los acuerdos bilateralesque permanecían bloqueados desde hace meses para sentarse a hablar en septiembre. La patronal ha respondido con la firma de este convenio, el más importante que restaba por negociar en este ejercicio.
Nueva determinación salarial
Es el acuerdo bilateral más grande pendiente de firmar este año
El acuerdo también recoge un cambio en la determinación de la estructura salarial que tiene luces y sombras para CCOO y UGT. Por un lado, acuerda que en 2009 se fijará un incremento salarial del 2%, una cifra "adecuada".
Para 2010 se fija que el incremento mínimo será de un 1% pero los siguientes ejercicios quedan a merced de un nuevo cálculo ad hoc. Se hará la media entre la inflación prevista por el Gobierno en los Presupuestos Generales (sin aclarar si será el 2% de la inflación objetivo del BCE) y la inflación real pasada. El resultado se pondrá en relación con un porcentaje del índice de ventas de las grandes superficies que publica el Instituto Nacional de Estadística.
Para CCOO y UGT este sistema no asegura la capacidad adquisitiva en los próximos años, precisamente cuando la economía mejorará y el IPC irá al alza. El convenio que regía en el sector contemplaba un incremento del IPC previsto más la desviación del IPC real. El secretario general de la federación de comercio de UGT, Santos Nogales, asegura que los sindicatos hicieron un compromiso de moderación salarial que la patronal no quiso asumir. También recuerda que las empresas del sector no están en pérdidas y sólo verán recortes en sus beneficios.
Por otra parte, el convenio fija un compromiso de mantenimiento del empleo indefinido y, según el secretario general de la patronal, Fernando Olascoaga, incorpora mejoras en la conciliación laboral y en la distribución del tiempo de trabajo.

lunes, 10 de agosto de 2009

La baja laboral en vacaciones no cuenta como descanso


El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los trabajadores a disfrutar de todos los días programados para sus vacaciones y a que no se les descuente ninguno si durante el periodo de descanso cayeran enfermos o sufrieran incapacidad temporal.

El Tribunal Supremo ha obligado a la empresa CLH Aviación SA a reconocer el derecho de uno de sus trabajadores a recuperar siete días de vacaciones que le coincidieron con una enfermedad. El Alto Tribunal entiende que "el derecho a las vacaciones solo puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en las condiciones físicas y mentales adecuadas para ello".

"Declaramos su derecho a disfrutar del periodo de vacaciones frustrado por la situación de incapacidad temporal iniciada con anterioridad al inicio de aquel", indica el fallo de la sentencia.

"Ha de tenerse en cuenta que el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo de forma que no cabe entender que un trabajador en situación de incapacidad temporal pueda disfrutar adecuadamente de las finalidades atribuidas a las vacaciones", reza el fallo.

Descanso y periodo de ocio

De esta manera, la sentencia indica que las empresas no solo tienen "la obligación de fijar o pactar la fecha en que el trabajador haya de gozar de su descanso anual", sino que igualmente ha de extenderse a revisar "aquellos supuestos en los que un hecho posterior", en referencia a la incapacidad temporal, "enervase la posibilidad de que el operario disfrute de un derecho constitucionalmente garantizado y propio de un Estado social".

En su argumentación, el alto tribunal parte de la doctrina establecida por el derecho comunitario, que, según la sentencia, "obliga a una nueva lectura". Entre otras cuestiones esta jurisprudencia europea citada por el Tribunal Supremo aclara que "la finalidad del derecho a vacaciones no es otra que permitir que los trabajadores descansen y dispongan de un periodo de ocio".

Tal finalidad difiere por esta razón de la finalidad del derecho a licencia por enfermedad, "que se reconoce a los trabajadores con el fin de que puedan recuperarse de una enfermedad", describe el fallo.

La perspectiva de la OIT

Asimismo, la sentencia --de la que ha sido ponente el magistrado Luis Fernando de Castro-- recurre al artículo 6.2 del Convenio 132 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que afirma que "los periodos de incapacidad de trabajo no podrán ser contados como parte de las vacaciones".

El Tribunal Supremo admite así un recurso de unificación de doctrina presentado ante la Sala de lo Social del alto tribunal por Emilio Agudo Bermejo, trabajador de la empresa CLH Aviación S.A., en contra de la sentencia dictada el 2 de abril del 2008 por La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.


http://www.comfia.info/noticias/51016.html

jueves, 6 de agosto de 2009

CONVENIO DE GRANDES ALMACENES, UN PASO ATRÁS


Acuerdo entre la ANGED, FETICO y FASGA


Madrid 6.08.09

Tras tres meses de ausencia de negociaciones del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes por ausencia de la Patronal, se ha pactado un acuerdo realizado en dos días entre la patronal y los sindicatos amarillos, que claramente empeora las condiciones laborales de todos los trabajadores/as de este importante sector.

Ayer, hubo reunión de la mesa negociadora del convenio con la perspectiva de la firma en el horizonte. La reunión dio inicio con más de una hora de retraso, debido a ciertas discrepancias entre ellos.

Una vez iniciada la reunión y tras una breve exposición del convenio por la parte patronal y sin haber un texto encima de la mesa, Fasga y Fetico anuncia su disposición a firmar del mismo. CCOO de manera reiterativa solicito que se hiciera entrega el texto definitivo para poder pronunciarnos sobre el mismo, no hubo manera.

Después de este incidente, estos (Anged, Fasga y Fetico) sin ningún rubor se quitaron las caretas y de una manera, eso si, educada nos invitaron a abandonar la sala diciéndonos que la semana que viene nos enviarían el texto firmado.

CCOO, considera inaceptables las condiciones que se recogen en el texto firmado por los sindicatos amarillos, que con pretexto de la crisis, hay que recordar los importantes beneficios que han obtenido las empresas del sector en los últimos años por todos conocidas, y ahora pretenden que paguemos los trabajadores y trabajadoras de un sector en el se echa por tierra los avances logrados en el anterior convenio.

Las modificaciones más importantes del convenio son las siguientes:
· La subida salarial para el año 2009 del 2%, solamente para el salario base.
· Los incrementos salariales para los años 2010, 2011 y 2012, están basados en fórmulas que dependen de la evolución del consumo en esos años, lo que previsiblemente se traduce en decimales que no llegan ni al 1% para cada año. No hay cláusula de revisión salarial que garantice el IPC real de cada uno de los año, casi pretenden que devolvamos dinero si la evolución del sector no es positiva. Únicamente se garantiza un incremento sobre tablas del 1%, es decir, que no hay efectos retroactivos en ningunos de los años del convenio y por lo tanto en caso de que la inflación sea superior no se cobraría la diferencia.
· Sobre la distribución de la jornada, ahora las empresas podrán modificar de una forma irregular a jornada en base a sus necesidades.
· En I.T., los primeros días de la baja no se cobran y solo se haría y al final del año, si a lo largo del año solo has tenido una única baja. Supone una bajada de salario indirecta, no nos podemos poner enfermos y con los salarios que se pagan en el sector.
· Se pacta un clara pérdida de derechos en aquellas empresas que ya tenían consolidado un sistema más favorable, ahora esas empresas tendrán obligatoriamente que dejar de abonar los 3 primeros días si se produce más de una baja al año.
· Introducen en le convenio la posibilidad de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo sin necesidad de abrir un expediente de modificación, Art. 41 del E.T.

No es ética esta congelación salarial prácticamente de los años de vigencia, y que tras moderadas subidas salariales en época de bonanza económica, pretendan que los trabajadores sigan pagando con salarios indignos, mientras las empresas del sector se han estado llevando los beneficios durante años.

Los sindicatos amarillos han estado mareando la perdiz hasta que quien les mantiene han dado luz verde a su convenio, el de la Patronal.

Una vez más se ha negociado un convenio en Grandes Almacenes a espaldas de los trabajadores y sin contar con las organizaciones de clase.

Cuando tengamos el texto del convenio definitivo os enviaremos un comunicado explicativo del mismo, desgranando todos sus contenidos.

CCOO va a combatir este convenio, porque entendemos que es un convenio regresivo para el sector, tanto para los trabajadores y la mayoría de las empresas.

SE CONSUMÓ EL ATRACO



Después de tomarse unos días de “reflexión” (no sabemos para qué), la patronal se ha presentado en la tarde del miércoles 5 de agosto prácticamente con los mismos planteamientos de todos estos meses, manteniendo puntos que eran intocables hasta ahora como el pago de las prestaciones por IT, donde han conseguido plasmar el robo que nos van a dar a partir de la publicación de este convenio, ya que si tenemos la desgracia de caer enfermos más de una vez en un año, los tres primeros días de la baja van a dejar de pagárnoslos.

Otro punto relevante son las maravillosas subidas salariares que vamos a sufrir, ya que lo único que nos garantizan es un incremento salarial para este año de un “extraordinario” 2% pero únicamente del Salario Base traducido en euros son la nada despreciable cifra de ¡¡17 Euros mensuales!! para jornadas del 100% (para llorar), con la particularidad de que si como os hemos comentado en el párrafo anterior caes enfermo, la IT se come la subida salarial de todo el año . A partir del 2010 tenemos que rezar para que todas las empresas del sector sigan vendiendo igual que el año anterior porque si no, “ni nos suben”.

Con respecto a la distribución de jornada se remiten a lo que la ley establece sobre la aplicación efectiva del derecho al descanso semanal, pero a la vez aprovechando que pasaban por ahí, nos desregularizan los horarios para poder establecer unas jornadas de trabajo a la medida de cada empresa.

Pues bien, la realidad es que el retroceso, que se produce en este nuevo convenio en todas estas cuestiones como en otras de las que os iremos informando adecuadamente en posteriores hojas informativas, es realmente importante y degrada mucho más las ya muy maltrechas condiciones laborales de todos los trabajadores.

A parte de todo lo anteriormente expuesto, lo que ha quedado de manifiesto una vez más, es que los departamentos sindicales de la patronal (Fetico y Fasga), que nos han firmado este “grandioso” convenio sin ningún tipo de pudor, son única y exclusivamemte meros brazos ejecutores de la patronal y que realmente los únicos que velan por mantener e intentan mejorar las condiciones de trabajo en el sector somos CC.OO.

Los trabajadores y trabajadoras del sector en general y de El Corte Inglés en particular, deberían tomar nota muy seriamente de estas situaciones y acordarse cuando lleguen los procesos electorales. Procesos en los que por lo general, dejamos en manos de las direcciones de las empresas, a través de sus “departamentos sindicales” amarillos, la representación sindical que luego aplican con contundencia en nuestra contra para firmar un convenio tan arcaico y perjudicial para los trabajadores como el que han firmado este pasado 5 de Agosto.

miércoles, 5 de agosto de 2009

Readmisión Pedro de la Rúa: UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA



Hoy, 5 de agosto de 2009, se ha incorporado a su puesto de trabajo Pedro de la Rúa, tras la sentencia del Juzgado nº 3 de Málaga, que resolvió como nulo y antisindical el despido del compañero.

LA DE CAL: La decisión de la empresa de acatar la sentencia y reponer al compañero Pedro en su puesto de trabajo dándole trabajo efectivo. No nos duelen prendas en reconocer que es una decisión de lo más acertado y por ello nos congratulamos, ya que habitualmente, en casos similares (Charo Alcalde en el mismo centro de trabajo), la empresa pagaba el salario y no daba trabajo efectivo mientras el recurso no tuviera resolución en los Tribunales superiores.

LA DE ARENA: En sentido contrario a lo anterior, la empresa ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que tiene todo el derecho legal de hacerlo, pero ha perdido una gran oportunidad de reparar en parte, el despido arbitrario y contrario a ley que aplicó al compañero. La grandeza o miseria se visualiza en estos detalles, y es en ellos dónde los trabajadores sacan sus conclusiones y actúan en consecuencia. Además, no dudamos que la sentencia del Tribunal Superior, será tan contundente como ha sido la primera y significará otro varapalo judicial para El Corte Inglés. ¿Dónde está la inteligencia?

LA CONCLUSIÓN: Gana Pedro de la Rúa, que ha demostrado su fortaleza y dignidad. en estos duros meses. Gana CC.OO., que ha demostrado, una vez más, que defiende a los trabajadores hasta sus últimas consecuencias sin importarle a quien se tenga que enfrentar. Gana El Corte Inglés, porque a partir de hoy cuenta de nuevo con un gran profesional en el departamento de cuadros en el centro de Avda. de Andalucía de Málaga, que ayudará a incrementar positivamente las ventas en este centro de trabajo.

martes, 4 de agosto de 2009

Otra sentencia condenatoria a El Corte Inglés por violación de la Libertad Sindical



Nuevamente y por segunda vez en breve espacio de tiempo, el Magistrado-Juez de un Juzgado de lo Social de Málaga estima la demanda hecha por una compañera, Inmaculada Ruiz, del centro de trabajo de Valleniza (Málaga), en este caso por la modificación sustancial de condiciones de trabajo y condena a El Corte Inglés por violación de la libertad sindical.

Esta modificación consistía en la variación de su horario habitual por parte de la empresa, cuando con anterioridad ya se lo habían modificado y por tal motivo la compañera interpuso ante el juzgado de lo social de Málaga la correspondiente demanda.

Es de significar que los argumentos utilizados en los fundamentos de derecho por el Juez al emitir el fallo, inciden en la vulneración del derecho a la libertad sindical y la garantía de indemnidad de la compañera, decretando la nulidad radical de tal conducta y ordenando la reposición a la situación anterior a producirse dicha violación, condenando a El Corte Inglés a la restitución de su horario anterior, a la vez de que cese en su comportamiento antisindical, así como abonar a la trabajadora una indemnización por daños morales en una cuantía de 3000 Euros.

Una vez más la ofuscación y la animadversión de varios jefes y de la Dirección de los centros, hacia los trabajadores que hacen prevalecer sus derechos y más si son afiliados a CC.OO., lleva a El Corte Inglés a tener que acudir a los tribunales donde queda de manifiesto su habitual práctica antisindical.

Ya va siendo hora de que esta empresa, que hasta no hace mucho fue brillante en su trayectoria empresarial, se dedique a recuperar dicha senda y a la vez emprenda un nuevo camino que, después de mas de sesenta años de actividad, todavía no ha asumido que no es otro que el de la libertad sindical dentro de sus centros de trabajo y que de verdad conciencie a sus mandos y responsables para que deje de perseguir a todo aquel que simplemente reclame lo que es suyo.

CC.OO. se congratula del fallo del magistrado y espera y confía que este camino emprendido por Inmaculada y anteriormente a ella por otros trabajadores, sirva para que todos aquellos que consideren que sus derechos constitucionales han sido violados o sus condiciones laborales modificadas por parte de la empresa, den un paso adelante y si estiman oportuno, con la ayuda de CC.OO., interpongan ante los estamentos judiciales las demandas correspondientes.